Visa Nómada Digital España 2026: guía completa
Requisitos, umbral de ingresos, documentación, plazos de tramitación y qué ocurre tras la aprobación — todo lo que necesitas saber antes de solicitar.
La Visa Nómada Digital — formalmente la Autorización de Residencia para Teletrabajo de Carácter Internacional — fue creada por la Ley de Startups (Ley 28/2022, de 21 de diciembre) y está operativa desde principios de 2023. Permite a ciudadanos no comunitarios que trabajan en remoto para empresas extranjeras residir legalmente en España durante un máximo de cinco años.
En esta guía explico exactamente quién puede solicitarla, qué documentación necesitas, dónde y cómo tramitarla, y qué esperar en cada etapa del proceso — basándome en la normativa vigente y en mi experiencia gestionando estas solicitudes en Barcelona.
¿Quién puede solicitarla?
La Visa Nómada Digital está diseñada para ciudadanos no comunitarios que trabajan en remoto — ya sea como empleados de una empresa extranjera o como profesionales autónomos — y quieren establecerse en España. Los ciudadanos de la UE/EEE tienen libre circulación y no necesitan esta autorización.
Si eres empleado por cuenta ajena
Debes estar empleado por una empresa con sede fuera de España y poder realizar tu trabajo íntegramente de forma telemática. Es necesario llevar al menos 3 meses trabajando para tu empleador actual antes de solicitar, y que la empresa autorice expresamente el trabajo remoto desde España.
Si eres autónomo o freelance
Debes trabajar para clientes o empresas ubicadas fuera de España. Puedes tener clientes españoles, pero no pueden representar más del 20% de tus ingresos totales. Tu actividad profesional debe poder realizarse íntegramente en remoto.
El límite del 20% de ingresos de fuente española aplica tanto a empleados como a autónomos. Si tus ingresos procedentes de España superan ese umbral, esta autorización no es la vía adecuada — necesitarías una autorización de trabajo estándar.
Requisitos económicos en 2026
Este es el requisito que más personas infravaloran. El umbral mínimo de ingresos se calcula en referencia al Salario Mínimo Interprofesional (SMI):
| Solicitante | % del SMI requerido | Mensual (2026) | Anual (aprox.) |
|---|---|---|---|
| Solicitante principal | 200% | 2.849 € | 34.188 € |
| Cada adulto adicional | +75% | +916 € | +10.989 € |
| Cada hijo/a | +25% | +305 € | +3.663 € |
El SMI en 2026 es de 1.221 €/mes brutos (14 pagas). Estos son los mínimos exigidos — unos ingresos significativamente superiores refuerzan considerablemente la solicitud.
Documentación necesaria
Identidad y situación civil
- Pasaporte en vigor (mínimo 1 año de validez restante)
- Fotografías recientes (fondo blanco, tamaño carné)
- Acreditación de entrada legal en España (sello de visado turista u equivalente)
Situación profesional
- Contrato de trabajo o carta del empleador autorizando el trabajo en remoto desde España
- Documentación que acredite que la empresa tiene sede fuera de España
- Para autónomos: contratos con clientes, facturas, acreditación del alta como autónomo en el país de origen
- Si la profesión lo requiere: titulaciones o acreditaciones profesionales
Acreditación económica
- Últimas 3 nóminas o equivalente
- Extractos bancarios de los últimos 3–6 meses
- Contrato que acredite el nivel salarial
Seguro médico
- Seguro médico privado con cobertura en España, sin copagos, válido durante todo el período de residencia (si no tienes aún cobertura por la Seguridad Social española)
Todos los documentos extranjeros deben estar apostillados (o legalizados si el país emisor no ha firmado el Convenio de La Haya) y, salvo que estén en español, acompañados de traducción jurada. Este paso suele ser el más lento — tenlo en cuenta al planificar los plazos.
¿Dónde y cómo solicitar?
Opción 1: Desde fuera de España (en el consulado español)
Si aún no estás en España, solicitas el visado de nómada digital (tipo D) en el consulado español con jurisdicción sobre tu lugar de residencia. Una vez aprobado (normalmente en unos 30 días), recibes un visado válido por 1 año que debes convertir en TIE tras tu llegada a España.
Opción 2: Desde España (en la UGE)
Si ya estás en España legalmente, puedes solicitar directamente la autorización de residencia ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE), que tramita todas las solicitudes de nómada digital a nivel nacional. Esta vía es completamente online y otorga una autorización inicial de 3 años en lugar de 1.
Esta es, en general, la vía más práctica para personas que ya están en España dentro de su período de estancia como turista — y la que gestiono con más frecuencia para mis clientes.
Plazos de tramitación
| Vía | Plazo legal | Experiencia práctica |
|---|---|---|
| Consulado (desde el extranjero) | 30 días naturales | 2–6 semanas |
| UGE (desde España) | 20 días hábiles | 10–30 días hábiles |
Si la UGE no resuelve en 20 días hábiles, se aplica el silencio administrativo positivo: la solicitud se considera aprobada por ministerio de la ley. Es uno de los pocos procedimientos de extranjería en España donde el silencio equivale a una respuesta favorable.
Qué ocurre tras la aprobación
Obtención del TIE
Una vez aprobada la autorización, debes pedir cita en comisaría para obtener tu TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero). Tienes 30 días desde la notificación de la resolución para iniciar este trámite.
Alta en la Seguridad Social
Si eres autónomo, deberás darte de alta en la Seguridad Social española como autónomo (salvo que dispongas de un certificado A1 de tu país de origen que mantenga tu cobertura allí, en virtud de un acuerdo bilateral o de normativa de la UE).
La Ley Beckham
Los titulares de la Visa Nómada Digital están expresamente incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Beckham (Régimen Especial para Trabajadores Desplazados). Sin embargo, esto no garantiza automáticamente la aprobación — la AEAT valora cada solicitud de forma independiente. Si te interesa esta opción, debes solicitarla mediante el Modelo 149 en los 6 meses siguientes a tu alta en la Seguridad Social. Pasado ese plazo, se pierde definitivamente la posibilidad.
Reagrupación familiar
A diferencia de otras autorizaciones españolas, la Visa Nómada Digital permite traer a tu familia desde el momento de tu propia solicitud — sin períodos de espera. Los familiares que pueden reagruparse son el cónyuge o pareja de hecho, los hijos dependientes y los ascendientes dependientes.
¿Tienes dudas sobre tu situación concreta?
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Motivos frecuentes de denegación — y cómo evitarlos
- Documentación económica insuficiente: extractos bancarios con ingresos irregulares sin nóminas o contratos que los respalden. Solución: proporcionar un expediente completo y coherente.
- Carta del empleador demasiado genérica: una carta de RRHH estándar no basta — debe autorizar expresamente el trabajo en remoto desde España. Solución: carta específica y detallada.
- Seguro médico con copagos o lagunas de cobertura: algunas pólizas comercializadas para nómadas no cumplen los requisitos españoles. Solución: verificar el clausulado antes de contratar.
- Documentos sin apostillar o sin traducir: errores administrativos que producen denegación directa. Solución: revisar cada documento extranjero antes de presentar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto hay que ganar para la Visa Nómada Digital en España en 2026?
El mínimo es el 200% del SMI. En 2026, con un SMI de 1.221 €/mes (14 pagas), el umbral es de aproximadamente 2.849 €/mes brutos (34.188 €/año). Por cada adulto adicional se suman 916 €/mes; por cada hijo, 305 €/mes.
¿Puedo solicitar la Visa Nómada Digital estando ya en España?
Sí. Si estás en España dentro de tu período de estancia legal (por ejemplo, como turista), puedes solicitar directamente la autorización de residencia ante la UGE, sin salir del país. Esta vía otorga 3 años iniciales de autorización y es completamente online.
¿Cuánto tarda la tramitación?
La UGE tiene un plazo legal de 20 días hábiles. En la práctica, la mayoría de resoluciones llegan entre 10 y 30 días hábiles. Si no hay resolución en ese plazo, se aplica el silencio administrativo positivo.
¿Puedo trabajar para clientes españoles con esta autorización?
Sí, hasta un máximo del 20% de tus ingresos totales. Si los ingresos de fuente española superan ese porcentaje, necesitarías una autorización de trabajo diferente.
¿Cuánto tiempo es válida la autorización?
La autorización inicial desde España es de 3 años; el visado desde consulado es de 1 año. Ambos son renovables por períodos de 2 años hasta un máximo de 5 años en total. Tras 5 años de residencia continuada, puedes solicitar la residencia de larga duración.
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